Tus derechos de garantía legal

Índice

Artículo 1. Aplicabilidad de las Condiciones generales de entrega

Artículo 2. Oferta

Artículo 3. Precios

Artículo 4. Entrega y ejecución

Artículo 5. Reserva de dominio

Artículo 6. Pago

Artículo 7. Garantía

Artículo 8. Responsabilidad e indemnidad

Artículo 9. Renuncia de derechos

Artículo 10. Fuerza mayor

Artículo 11. Terminación por parte de Fodor

Artículo 12. Derecho de desistimiento (solo para Consumidores)

Artículo 13. Tratamiento de datos personales

Artículo 14. Nulidad parcial

Artículo 15. Legislación aplicable y tribunal competente

Artículo 1. Aplicabilidad de las Condiciones generales de entrega

  • Las presentes condiciones generales de entrega («Condiciones generales de entrega») son aplicables a todos los presupuestos y ofertas emitidos por Fodor B.V. («Fodor»), así como a toda aceptación por parte de Fodor de pedidos realizados por el comprador («Comprador») y a todos los contratos («Contratos») relativos a la venta por parte de Fodor de bienes y servicios («Productos»), y forman parte integrante de ellos.
  • Las presentes Condiciones generales de entrega se aplican expresamente también a las ofertas de Productos por parte de Fodor - y a los pedidos realizados o los Contratos celebrados - a través de un sitio web o entorno digital para la oferta de productos («Plataforma») gestionado por terceros.

  • Una remisión del Comprador a otras condiciones (generales) no implica su aplicabilidad. Fodor rechaza expresamente la aplicabilidad de cualquier condición general del Comprador.

  • Los acuerdos que se aparten de las presentes condiciones solo serán válidos si y en la medida en que hayan sido confirmados por escrito por Fodor, y en tal caso únicamente para el contrato de que se trate. Fodor se reserva el derecho de modificar las presentes Condiciones generales de entrega. Las modificaciones entrarán en vigor 30 días después de su publicación por parte de Fodor. Si el Comprador no desea aceptar la modificación, tendrá derecho a rescindir el Contrato en un plazo de dos semanas desde la publicación a que se refiere el presente artículo, sin derecho a indemnización por daños y perjuicios.

  • Fodor tiene su domicilio social en Vareseweg 44, 3047AV Rotterdam y está inscrita en el registro mercantil de la Cámara de Comercio con el número 82740739. Se puede contactar con Fodor en la dirección de correo electrónico hello@fodor.nl y en el número de teléfono: +31 85 070 37 06

Artículo 2. Oferta

  • Una oferta o indicación (de precio) de Fodor no la vincula y solo tiene la consideración de invitación al Comprador para realizar un encargo. Salvo que se indique lo contrario, todas las ofertas y presupuestos de Fodor caducan automáticamente transcurridos 30 días desde la emisión de la oferta o indicación (de precio).

  • Un contrato entre el Comprador y Fodor solo se perfecciona si y en la medida en que Fodor acepte un encargo del Comprador o Fodor dé ejecución a un encargo. Fodor tiene derecho a no aceptar pedidos o encargos, o a aceptarlos únicamente con la condición de que el envío se realice contra reembolso o previo pago anticipado.

Artículo 3. Precios

  • Los precios indicados en presupuestos, indicaciones (de precio) o confirmaciones de pedido incluyen el impuesto (sobre el volumen de negocios) y demás gravámenes públicos, así como los gastos normales de transporte y embalaje, salvo que en ellos se indique lo contrario.

  • Fodor tiene derecho a cobrar un importe en concepto de gastos de envío y administración si el pedido, a juicio de Fodor, tiene un valor reducido. Los gastos de envío contra reembolso corren siempre por cuenta del Comprador. Fodor se reserva el derecho de cargar al Comprador los gastos de embalajes especiales o de embalajes realizados según las indicaciones del Comprador.

  • Fodor tiene derecho en todo momento a modificar el precio acordado con el Comprador. Los Consumidores tienen derecho a resolver el Contrato si se produce un aumento de precio dentro de los tres meses siguientes a la celebración del Contrato.

Artículo 4. Entrega y ejecución

  • Salvo acuerdo en contrario por escrito, Fodor determinará la forma de envío. El riesgo de los Productos se transmite al Comprador en el momento en que los Productos se presentan para su recepción en la dirección indicada por él. Si el Comprador ha solicitado una forma de envío determinada, el riesgo de los Productos correrá por cuenta del Comprador desde el momento en que los Productos se hayan cargado para su transporte.

  • Fodor se reserva el derecho de entregar y facturar los Productos pedidos en envíos parciales.

  • Los plazos de entrega acordados o indicados son orientativos. Si no se ha indicado ningún plazo de entrega, Fodor realizará la entrega con la debida diligencia. La superación del plazo de entrega o del plazo de reparación previsto, cualquiera que sea su causa, no da derecho al Comprador a indemnización por daños y perjuicios.

  • El Comprador está obligado a recibir los Productos en el momento de la entrega. Si el Comprador no recibe los Productos que Fodor debe entregar, los Productos se almacenarán por su cuenta y riesgo. Si el Comprador no ha recogido los Productos en un plazo de tres meses, Fodor tendrá derecho a vender los Productos a terceros y a responsabilizar al Comprador original de una posible pérdida. El Comprador original estará obligado en todo momento a reembolsar los gastos del almacenamiento mencionado y los gastos (adicionales) de envío y administración en que haya incurrido Fodor.

  • El Comprador está obligado a comprobar, en el momento de la recepción, que los Productos están completos y no presentan defectos visibles. Cualquier discrepancia en cantidad o calidad deberá ser comunicada por escrito por el Comprador a Fodor en un plazo de cinco días desde la recepción de los Productos; en caso contrario, caducará cualquier reclamación del Comprador frente a Fodor. En caso de mercancías que falten o no se hayan pedido, el Comprador deberá adjuntar la lista de embalaje a la comunicación aquí mencionada.

  • La devolución de los Productos se realiza por cuenta y riesgo del Comprador. Fodor solo acepta Productos devueltos si y en la medida en que haya dado previamente su consentimiento por escrito a la devolución y si los Productos se entregan en la dirección que indique Fodor, en su embalaje original y en el estado en que Fodor entregó o presentó dichos Productos al Comprador. Esto no se aplica al Consumidor que devuelva el Producto dentro del Periodo de desistimiento, véase el artículo 12. Las reclamaciones relativas a Productos que formen parte de un envío parcial no afectan a los envíos parciales anteriores y posteriores que formen parte del mismo pedido.

  • El posible abono por devoluciones se realiza sobre la base del precio de compra facturado al Comprador.

Artículo 5. Reserva de dominio

  • Fodor se reserva la propiedad de todos los Productos entregados por ella. La propiedad de los Productos solo se transmite al Comprador cuando este haya cumplido íntegramente todas las obligaciones siguientes derivadas de todos los contratos celebrados con Fodor:
  • la(s) contraprestación(es) relativa(s) a los Productos entregados

o por entregar por Fodor; y

  • los posibles créditos de Fodor frente al Comprador por incumplimiento

por parte del Comprador de uno o varios contratos celebrados con Fodor.

  • Los Productos entregados por Fodor que, en virtud del artículo 1, estén sujetos a la reserva de dominio solo podrán revenderse en el marco del ejercicio normal de la actividad empresarial del Comprador. El Comprador no está facultado para modificar, pignorar o gravar con cualquier otro derecho los Productos entregados. Si terceros desean constituir o hacer valer algún derecho sobre los Productos entregados con reserva de dominio, el Comprador estará obligado a informar a Fodor de inmediato.

  • El Comprador está obligado a asegurarse de que los Productos sigan siendo identificables como Productos entregados por Fodor. Las marcas, así como los números o signos de tipo o de identificación colocados en los Productos entregados por Fodor, incluido el embalaje, no podrán retirarse, dañarse ni modificarse.

  • El Comprador deberá conceder a Fodor en todo momento libre acceso al lugar en el que el Comprador haya almacenado los Productos entregados por Fodor. Si el Comprador no cumple sus obligaciones frente a Fodor o Fodor teme que el Comprador no vaya a cumplir sus obligaciones a tiempo o íntegramente, el Comprador estará obligado, al primer requerimiento de Fodor, a devolver los Productos por su propia cuenta y a prestar a Fodor toda la colaboración necesaria para que Fodor pueda recuperar sus Productos.

  • El Comprador se compromete, al primer requerimiento de Fodor, a ceder a Fodor todos los créditos frente a terceros derivados de la entrega a dichos terceros de Productos sujetos a la reserva de dominio mencionada en el artículo 1, o bien, a petición de Fodor, a constituir sobre ellos un derecho de prenda y a realizar en tal caso todos los actos necesarios a tal efecto. Los posibles gastos derivados de ello correrán por cuenta del Comprador.

  • El Comprador se compromete a asegurar y mantener asegurados los Productos entregados con reserva de dominio contra daños por incendio, explosión y agua, así como contra robo. El Comprador deberá facilitar la póliza de seguro para su consulta al primer requerimiento de Fodor. El Comprador está obligado a ceder a Fodor todos los derechos del Comprador frente a las aseguradoras en relación con los Productos entregados con reserva de dominio o bien, al primer requerimiento de Fodor, a pignorarlos a favor de Fodor de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3:239 BW.

Artículo 6. Pago

  • Salvo acuerdo en contrario por escrito, el pago de los Productos entregados deberá efectuarse en la cuenta bancaria de Fodor a favor de Fodor, según lo indicado por Fodor en la factura o comunicado al Comprador de cualquier otra forma.

  • El pago deberá efectuarse sin derecho a descuento, suspensión (no aplicable a los Consumidores) ni compensación, en un plazo de treinta días desde la fecha de la factura, salvo que se acuerde otra cosa. En caso de superarse el plazo de pago, el Comprador incurrirá en mora de pleno derecho, sin necesidad de requerimiento previo, y adeudará desde la fecha de vencimiento un interés compuesto del dos (2) por ciento mensual. Asimismo, el Comprador deberá reembolsar en tal caso todos los posibles gastos (de cobro) extrajudiciales y judiciales en que deba incurrir Fodor. Los gastos de cobro extrajudiciales se fijan, en principio, en el diez (10) por ciento del importe adeudado, con un mínimo de 250 EUR. Todo ello sin perjuicio de los demás derechos legales de Fodor al reembolso de gastos y a indemnización por daños y perjuicios.
  • No obstante lo dispuesto en el artículo 2, el Consumidor que no cumpla a tiempo su(s) obligación(es) de pago adeudará, tras un requerimiento en el que se le conceda un plazo de 14 días para cumplir aún sus obligaciones de pago, el interés legal, y Fodor tendrá derecho a cobrarle los gastos de cobro extrajudiciales en que haya incurrido.
  • Los pagos efectuados por el Comprador se imputarán siempre, en primer lugar, a la liquidación de aquellos créditos que Fodor pudiera tener frente al Comprador respecto de los cuales Fodor no haya establecido reserva de dominio, a continuación a la liquidación de todos los intereses y gastos adeudados y, por último, a la liquidación de las facturas exigibles que lleven más tiempo pendientes, todo ello aunque el Comprador indique que el pago se refiere a un crédito o factura determinados.

Artículo 7. Garantía

  • Sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 9. y teniendo en cuenta lo dispuesto en el presente artículo, Fodor garantiza que los Productos entregados por ella poseen, durante 24 meses a partir de la entrega, las propiedades necesarias para el uso acordado. Esta garantía solo se aplica a los defectos del Producto entregado no perceptibles en el momento de la entrega, respecto de los cuales el Comprador demuestre que se han producido exclusiva o principalmente como consecuencia directa de defectos de construcción o de material. Las desviaciones y diferencias leves, habituales en el comercio o técnicamente inevitables, en calidad, color, tamaño o acabado no constituyen un defecto. Quedan excluidos de la garantía el desgaste normal o los defectos debidos a un uso inadecuado de los Productos. Los derechos de garantía no son transferibles.
  • Fodor podrá elegir a su criterio entre reparar, sustituir o recuperar los Productos cubiertos por la garantía, abonando el precio de compra al Comprador. Todos los gastos que excedan de la mera reparación o sustitución, como (sin carácter limitativo) los gastos de transporte, los gastos de envío, los gastos de viaje y estancia y los gastos de (des)montaje, correrán por cuenta del Comprador. Los Productos o piezas sustituidos en el marco de la garantía pasan a ser o siguen siendo propiedad de Fodor. No se otorga garantía sobre los Productos reparados o sustituidos.

  • Salvo acuerdo en contrario por escrito, quedan excluidos de la garantía los defectos que se produzcan por, o que sean total o parcialmente consecuencia de:
  • el incumplimiento de las instrucciones de uso y mantenimiento;
  • un uso negligente;
  • el desgaste normal;

realizados por terceros, incluido el Comprador;

  • el uso para fines distintos de los fines de uso normales;
  • el uso en un entorno agresivo o la exposición a condiciones

extremas;

  • la descarga de una batería;
  • los daños en el exterior.

  • El Comprador no podrá reclamar la garantía si el número de tipo o de serie de un Producto ha sido retirado o modificado, si el Comprador no da a Fodor suficiente oportunidad de subsanar el defecto o si el Comprador no cumple sus obligaciones derivadas de un contrato celebrado con Fodor.

  • El Comprador deberá comunicar por escrito a Fodor las reclamaciones relativas a defectos en un plazo de catorce días a partir del momento en que el Comprador haya descubierto los defectos o hubiera podido descubrirlos razonablemente, so pena de caducidad de cualquier derecho del Comprador frente a Fodor en relación con dichos defectos.

  • El incumplimiento de posibles obligaciones de garantía no exime al Comprador de sus obligaciones frente a Fodor derivadas del Contrato.

Artículo 8. Responsabilidad e indemnidad

  • La responsabilidad de Fodor se limita al cumplimiento de las obligaciones de garantía recogidas en el Artículo 7.

  • Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, solo podrá existir responsabilidad de Fodor por daños en caso de un incumplimiento imputable por el cual Fodor haya incurrido en mora tras un requerimiento por escrito, o en caso de actuación ilícita dolosa por parte de Fodor.

  • La responsabilidad total y acumulada de Fodor se limitará en todos los casos a un importe equivalente al diez por ciento (10 %) de la última factura pagada por el Comprador, con un máximo de 5000 EUR. Sin perjuicio de las limitaciones anteriores, la responsabilidad de Fodor por daños se limita en todo caso al importe de la indemnización abonada por la aseguradora. Queda totalmente excluida la responsabilidad de Fodor por daños indirectos y daños consecuenciales, incluidos (sin carácter limitativo) los daños por pérdida de facturación, lucro cesante, ahorros no obtenidos, pérdida de fondo de comercio y daños por interrupción de la actividad.

  • Las limitaciones y exclusiones de responsabilidad recogidas en el presente Artículo 8 solo se aplican en la medida en que lo permita la ley.

  • Los derechos de crédito del Comprador caducan como máximo al cabo de un año desde su nacimiento, si bien para los Consumidores caducan en todos los casos al cabo de un año desde su nacimiento.

  • El Comprador deberá indemnizar a Fodor y mantenerla indemne frente a todos los daños que pueda sufrir Fodor, así como frente a todas las reclamaciones que un tercero pueda interponer contra Fodor en relación con la ejecución del Contrato. El presente Artículo 6 no se aplica a los Consumidores.

  • El Comprador deberá indemnizar a Fodor y mantenerla indemne frente a todos los daños que pueda sufrir Fodor, así como frente a todas las reclamaciones que puedan interponerse contra Fodor por responsabilidad por productos con arreglo al artículo 6:185 BW.

Artículo 9. Renuncia de derechos

  • Si el Comprador ha entregado un Producto en el marco de una reclamación en garantía y no ha recogido el Producto en cuestión en un plazo de tres meses desde que el Producto entregado o un Producto de sustitución esté (de nuevo) a su disposición, o si se ha negado a pagar los gastos de contra reembolso y, por ello, los Productos no se le han entregado, se considerará que ha renunciado a dicho Producto en favor de Fodor y mantendrá indemne a Fodor frente a cualquier reclamación (de terceros) al respecto, salvo que el Comprador demuestre que se ha visto impedido para recoger o aceptar el Producto debido a un incumplimiento que no le sea imputable.

Artículo 10. Fuerza mayor

  • En caso de fuerza mayor, Fodor tiene derecho a suspender la ejecución del Contrato mientras dure la situación de fuerza mayor o, si la fuerza mayor se ha prolongado durante un mes, a poner fin total o parcialmente al Contrato sin intervención judicial, con devolución del importe (en su caso) pagado por el Comprador, sin que Fodor esté obligada por ello a indemnización alguna.

  • Además de lo dispuesto en la ley y la jurisprudencia, en las presentes Condiciones generales de entrega se entiende por fuerza mayor de Fodor toda causa externa, prevista o no, entre ellas: huelga, incendio, pérdida de Productos durante el transporte, daños por agua, medidas gubernamentales, retrasos en el envío en el extranjero, guerra, movilización, obstáculos al transporte, obstáculos a la importación, obstáculos a la exportación, incumplimiento de proveedores, así como todas las circunstancias que impidan a Fodor el ejercicio normal de su actividad.

Artículo 11. Terminación por parte de Fodor

  • Si el Comprador no cumple sus obligaciones frente a Fodor, o no las cumple a tiempo o íntegramente, o en caso de suspensión (provisional) de pagos, quiebra, cese o liquidación de la empresa del Comprador, fusión jurídica del Comprador, o en caso de un cambio sustancial en el control del Comprador, Fodor tendrá derecho a poner fin total o parcialmente, con efecto inmediato, a todos los contratos celebrados con el Comprador (mediante resolución o no), o a suspender sus obligaciones frente al Comprador, sin que el Comprador tenga derecho a indemnización por daños y perjuicios. Lo anterior se entiende sin perjuicio de los demás derechos de Fodor en virtud de la ley o del Contrato.

  • Si se produce un acontecimiento como el mencionado en el artículo 1, todos los créditos de Fodor frente al Comprador serán inmediata e íntegramente exigibles y Fodor tendrá derecho a recuperar los Productos entregados por ella con reserva de dominio.

  • El Comprador no podrá (hacer) resolver ni (hacer) anular total o parcialmente un Contrato, ni exigir su modificación por error. El Comprador no podrá resolver el Contrato sin que exista un incumplimiento imputable de Fodor por el cual esta haya incurrido en mora tras un requerimiento previo por parte del Comitente. La exclusión del derecho de resolución no se aplica a los Consumidores.

Artículo 12. Derecho de desistimiento (solo para Consumidores)

  • El presente Artículo 12 solo se aplica a los Compradores que sean personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, artesanal o profesional («Consumidor»).
  • El Consumidor puede desistir de un Contrato relativo a la compra de un Producto durante un periodo de desistimiento de 30 días («Periodo de desistimiento») sin necesidad de indicar los motivos.
  • El Periodo de desistimiento comienza el día siguiente a aquel en que el Consumidor, o un tercero designado previamente por el Consumidor distinto del transportista, haya recibido el Producto, o bien:
  1. si el Consumidor ha pedido varios Productos en un mismo pedido: el día en que el Consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el último Producto. Fodor puede rechazar un pedido de varios Productos con distintos plazos de entrega;
  2. si la entrega de un Producto consiste en varios envíos o piezas: el día en que el Consumidor, o un tercero designado por él, haya recibido el último envío o la última pieza.
    • Durante el Periodo de desistimiento, el Consumidor manipulará con cuidado el Producto y el embalaje. Solo desembalará o utilizará el Producto en la medida necesaria para determinar la naturaleza, las características y el funcionamiento del Producto. El principio es que el Consumidor solo puede manipular e inspeccionar el Producto como podría hacerlo en una tienda. El Producto no debe estar dañado y debe conservar su embalaje original.
    • El Consumidor solo es responsable de la depreciación del Producto que resulte de una manipulación del Producto que vaya más allá de lo permitido en el artículo 4.
    • Si el Consumidor desea ejercer su derecho de desistimiento, deberá comunicarlo a Fodor dentro del Periodo de desistimiento mediante el modelo de formulario de desistimiento o de cualquier otra forma inequívoca. El modelo de formulario puede descargarse en nuestra página Devoluciones.
    • Lo antes posible, pero en un plazo de 14 días a partir del día siguiente a la comunicación mencionada en el artículo 6, el Consumidor devolverá el Producto con todos los accesorios suministrados, si es razonablemente posible en su estado y embalaje originales, y conforme a las instrucciones razonables y claras facilitadas por Fodor. El riesgo y la carga de la prueba del ejercicio correcto y puntual del derecho de desistimiento corresponden al Consumidor.
    • La devolución es gratuita: tras la comunicación, Fodor envía al Consumidor una etiqueta de devolución.
    • Si el Consumidor ejerce su derecho de desistimiento, todos los contratos complementarios quedarán resueltos de pleno derecho.
    • Fodor reembolsará todos los pagos del Consumidor, incluidos los posibles gastos de envío del Producto comprado abonados al realizar el pedido, sin demora y, en todo caso, en los 14 días siguientes al día en que el Consumidor le comunique el desistimiento. Fodor tiene derecho a retener el reembolso hasta haber recibido el Producto o hasta que el Consumidor demuestre que ha devuelto el Producto, según qué condición se cumpla primero. Si el Consumidor ha elegido un método de entrega más caro que la entrega estándar más económica, Fodor no estará obligada a reembolsar los costes adicionales del método de entrega más caro.
    • Fodor utilizará para el reembolso el mismo medio de pago empleado por el Consumidor, salvo que el Consumidor acepte otro método. El reembolso no supondrá ningún coste para el Consumidor.

Artículo 13. Tratamiento de datos personales

  • El Comprador declara conocer y aceptar que sus datos de dirección, su dirección de correo electrónico y su número de teléfono se tratan en todo caso para ejecutar el Contrato y para otros fines para los que el Comprador haya dado su consentimiento. Fodor tiene derecho a utilizar los datos del Comprador en la medida en que resulte útil en el marco de la tramitación y ejecución del Contrato o cuando el Comprador haya dado su consentimiento para el uso de los datos.

Artículo 14. Nulidad parcial

  • Si una o varias disposiciones de las presentes condiciones fueran o llegaran a ser nulas, ello no afectará a la validez de las demás disposiciones. En caso de nulidad de una disposición, el Comprador y Fodor quedarán vinculados por una disposición de alcance lo más similar posible que no sea susceptible de anulación.

Artículo 15. Legislación aplicable y tribunal competente

  • Todos los contratos entre Fodor y el Comprador y todos los litigios que puedan derivarse de ellos o estar relacionados con ellos, incluidos los litigios sobre la celebración de dichos contratos, se rigen por el Derecho neerlandés. Queda excluida la aplicación de la Convención de Viena sobre la compraventa internacional de mercaderías.
  • Todos los litigios entre Fodor y el Comprador serán resueltos exclusivamente por el tribunal de Rotterdam, sin perjuicio del derecho de Fodor a someter el litigio al tribunal competente según la ley. Los Consumidores podrán, en el plazo de un mes desde que Fodor haya invocado el presente apartado, optar por el tribunal que sería competente si no se hubiera acordado el presente apartado.